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PROCEDIMIENTO
Expedición del Calendario Académico para Establecimientos Educativos Estatales
Versión 1
Código GEM-IVC-PR-010
Proceso Gestión de la Inspección y Vigilancia de los Establecimientos Educativos Estado Vigente
1. OBJETIVO
Expedir cada año el calendario académico para los establecimientos educativos estatales que determine las fechas precisas de iniciación y finalización de actividades de trabajo académico, de desarrollo institucional, vacaciones y receso estudiantil 
2. ALCANCE
Inicia con la revisión de las orientaciones del Ministerio de Educación Nacional para tal fin y termina con la publicación de la resolución del calendario académico. 
3. RESPONSABLE
Luisa Fernanda Urrea Buitrago
4. CONDICIONES GENERALES
• El calendario académico de los establecimientos educativos estatales del año lectivo siguiente, será fijado antes del primero (1) de noviembre de cada año para el calendario A y antes del primero (1) de julio para el calendario B.

• El calendario académico se expide cada año y por una sola vez.

• La competencia para modificar el calendario académico es del gobierno nacional. Los ajustes que se deban realizar al calendario, deberán ser solicitados previamente mediante petición escrita debidamente motivada, ante el Ministerio de Educación Nacional.

• En caso de alteraciones al orden público en la jurisdicción, la entidad territorial podrá realizar los ajustes al calendario académico.

• Las autoridades territoriales, los consejos directivos, los rectores o directores de los establecimientos educativos no tienen competencia para autorizar variaciones en la distribución de los días fijados para el cumplimiento del calendario académico y la jornada escolar ni para autorizar la reposición de clases por días no trabajados por cese de actividades académicas.
• El calendario académico debe establecerse por semanas de acuerdo a lo indicado por el artículo 2.4.3.4.1 del Decreto 1075 de 2015

• El concepto de semana corresponde a la serie de siete (7) días naturales consecutivos de lunes a domingo.

• La fecha de inicio del calendario académico debe ser consecutiva a la fecha de terminación del calendario académico de la vigencia anterior 
5. DEFINICIONES
6. DOCUMENTACIÓN EXTERNA RELACIONADA

-Constitución Política de Colombia
- Ley 115 de 1994
- Ley 715 de 2001
- Decreto 1075 de 2015
- Orientaciones MEN para la elaboración del calendario académico
7. DESARROLLO
QUÉ SE HACE QUIÉN LO HACE REGISTRO CÓMO LO HACE
Expedición y comunicación de las orientaciones para la elaboración del calendario académico por parte del MEN  - Área de Inspección y Vigilancia 
Orientaciones MEN 
El MEN expide orientaciones para la elaboración del calendario académico las cuales son enviadas a los entes territoriales certificados 
Distribución de las semanas del calendario académico para la vigencia  - Luisa Fernanda Urrea Buitrago
- Profesionales Universitarios Area Inspección y Vigilancia 

Documento con distribución de las semanas del calendario académico 
Los profesionales del área de Inspección y Vigilancia, realizan la distribución de las semanas del calendario académico para la respectiva vigencia, así:
40 semanas de trabajo académico (para docentes, directivos docentes y estudiantes)
7 semanas de vacaciones (para docentes y directivos docentes)
5 semanas de actividades de desarrollo institucional (para docentes y directivos docentes)
12 semanas de receso estudiantil (para estudiantes) 
Socialización de la propuesta de calendario académico en Comité Directivo de la Secretaría de educación  - Luisa Fernanda Urrea Buitrago 
Acta de reunión 
La profesional Especializado del Área de Inspección y Vigilancia, socializa la propuesta de calendario académico al Comité Directivo. Si es aprobado, se procede con la proyección del acto administrativo correspondiente. Si no se aprueba, se realizan los ajustes necesarios. 
Proyección de resolución de calendario académico  - Profesionales Universitarios Area Inspección y Vigilancia 
Proyecto de acto administrativo de calendario académico 
El Profesional Universitario- Legalización de establecimientos del Área de Inspección y Vigilancia proyecta la resolución de calendario académico, de acuerdo a lo aprobado en el Comité Directivo y lo envía al área jurídica al procedimiento “Revisar actos administrativos”. Una vez el acto administrativo es firmado y numerado se remite una copia al Área de inspección y vigilancia para su publicación. El acto administrativo original, queda en el área jurídica para su archivo y custodia. 
Publicación de la resolución de calendario académico  - Auxiliar Administrativo Área Inspección y Vigilancia 
Página web

Correos electrónicos
 
La auxiliar solicita la publicación de la resolución de calendario académico en la página web de la Alcaldía de Manizales.
Adicionalmente, remite dicho acto administrativo por correo electrónico a todos los establecimientos educativos oficiales del Municipio de Manizales y a los funcionarios de la Secretaría de Educación. 
Remisión de acto administrativo de calendario académico al Ministerio de Educación Nacional  - Secretarios de Despacho
- Auxiliar Administrativo Área Inspección y Vigilancia 

Oficio

Correo electrónico 
La Auxiliar Administrativa del área de Inspección y vigilancia, proyecta oficio de remisión del acto administrativo de calendario académico dirigido al Ministerio de Educación Nacional a la Subdirección de Fomento de competencias del viceministerio de Educación Preescolar, básica y media. Dicho oficio es firmado por el Secretario de Despacho y enviado por correo electrónico. 
8. CONTENIDO
LISTA DE VERSIONES
VERSIÓN FECHA RAZÓN DE LA ACTUALIZACIÓN
ELABORÓ
REVISÓ
APROBÓ
 
Nombre: Juan David Londoño Giraldo
Cargo: Profesional Universitario
Fecha: 15/Feb/2022
 
Nombre: Luisa Fernanda Urrea Buitrago
Cargo: Profesional Especializado
Fecha: 15/Feb/2022

 
Nombre: Juan David Londoño Giraldo
Cargo: Profesional Universitario
Fecha: 15/Feb/2022